Mexicanos en España

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5.- Empadronamiento 

 

El Padrón es el registro que acredita la residencia y el domicilio de los vecinos del municipio a todos los efectos administrativos. Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el padrón del municipio donde reside habitualmente. Hombres y mujeres, españoles o extranjeros, tenemos la obligación y el derecho a empadronarnos. Incluso, aunque no se cuente con el permiso de trabajo, es posible darse de alta en el padrón de una ciudad. Al hacerlo, estamos adquiriendo más derechos reconocidos y eso nos permite tener mejor calidad de vida.

Por ejemplo, todos los extranjeros empadronados, tienen derecho a asistencia sanitaria en igualdad de condiciones que los españoles.

Uno se empadrona en las oficinas correspondientes del Ayuntamiento en donde uno tenga su residencia legal. Para tener conocimiento de los trámites específicos hay que acudir directamente a esa oficina o intentar averiguar si por Internet pueden ofrecer informes o hay un enlace específico para ese tema (Ver lista de páginas web de los principales ayuntamientos)

En principio, se pide la siguiente documentación (cada ayuntamiento puede añadir algún documento extra):

  • Fotocopia del DNI, NIE o Pasaporte vigente
  • Justificante de Domicilio (escrituras o contrato de arrendamiento del piso)
  • Forma de alta (impreso que se recoge en las oficinas de empadronamiento de los ayuntamientos)
Detalle del trámite: 

En Madrid: www.munimadrid.es/gestiones/trasincert.asp 

En Barcelona: bcnweb2.bcn.es:8885/www_bcn/owa/monta_e.tramit?p_tramit=20000001806